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Mostrando entradas de 2011

Meten en cintura las tarifas de los servicios financieros en Colombia

Si a usted le ha tocado pagar entre $4.800 y $7.500 por haber retirado dinero en un cajero automático diferente al de su banco para atender una urgencia, eso cambiará. Lo máximo que deberá pagar a partir de hoy por ese servicio serán $3.965. Igualmente si a la hora de realizar una transacción debió declinarla —ya sea porque marcó mal la clave o digitó erróneamente el valor a retirar— el banco no le podrá cobrar. Cabe recordar, que actualmente por una operación interrumpida o fallida los usuarios cancelan hasta $6.000, como si hubieran hecho efectivo el retiro de dinero. Para evitar este tipo de inconvenientes y como una forma de proteger a los consumidores financieros, el Gobierno expidió el decreto 4809 de diciembre 20 del 2011, donde le puso tope a ese tipo de servicios. No obstante,  la directora de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda, Ana Fernanda Maiguashca, explicó que para el cobro en los retiros de cajeros automáticos del mismo banco en diferentes ciudades no apli

DEFENSORÍA DEL TELEVIDENTE

José Vicente Arizmendi Correa Defensor del Televidente en Telepacífico La Defensoría del Televidente es una figura adaptada del Defensor del Lector u “Ombudsman”, que apareció en los periódicos de Estados Unidos en 1967, inspirado a su vez en el funcionario que, en Suecia, representaba al público ante las distintas instituciones del Gobierno y el Parlamento, desde 1809. En Colombia, el primer medio de comunicación que creó esta figura fue El Tiempo, de Bogotá, en el año 2000. En la televisión colombiana existe el defensor del televidente desde 1996. La misma norma que autorizó la televisión privada, le dio vida: “Los operadores privados del servicio de televisión deberán reservar el 5% del total de su programación para presentación de programas de interés público y social. Uno de estos espacios se destinará a la Defensoría del Televidente. El Defensor del Televidente será designado por cada operador privado del servicio de televisión.” (Ley 335 de 1996, art. 11).   Pasaron más de

DE LA DEFENSORIA DEL PACIENTE

Jaime Sierra Delgadillo Defensor del Paciente en Cali El servicio de la salud es un servicio público, es para todos los residentes en la República de Colombia y todos tienen derecho a este servicio; el Estado tiene a su cargo la obligación de garantizar la efectividad en la prestación de este servicio para que se preste con prontitud, agilidad, oportunidad, eficiencia, calidad, etc., en tal sentido, lo regula y lo reglamenta; puede delegar la prestación del servicio en particulares, más por este hecho NO DEJA DE SER UN SERVICIO PÚBLICO, por el contrario, es grande la obligación, el compromiso y responsabilidad del particular, porque cumple con un mandato conferido por el Estado cual es la prestación del servicio de salud. El derecho a la salud, a la atención en condiciones dignas; como el derecho a la vida, son DERECHOS FUNDAMENTALES que tienen protección especial del Estado, de allí el amparo por vía de la ACCIÓN DE TUTELA cuando este derecho se violenta. Los Alcaldes por manda

Compra a crédito directamente con el vendedor. Cobro de intereses de plazo y mora

Cuando no tenemos la totalidad del dinero para comprar un vehículo, un electrodoméstico, ropa, elementos deportivos, muebles, etc., es válido que el mismo vendedor nos facilite adquirir el producto y pagarlo en cuotas, cobrando un interés por dicho plazo. Si bien es válido, se deben seguir unas recomendaciones. La Superintendencia de Industria y Comercio, tiene entre sus funciones, proteger al consumidor y por ende, debe tener políticas y acciones tendientes a reconocer los derechos de los consumidores, a la seguridad, la salud y protección de los legítimos intereses económicos. De tal manera que es responsable de vigilar la observancia de las disposiciones contenidas en el estatuto de protección del consumidor, hoy  decreto 3466 de 1982 ,  (a partir del 12 de abril de 2012, entra a regir el  nuevo Estatuto del Consumidor –Ley 1480 de 2011 )  en tal virtud tramita las denuncias que se presentan e inicia investigaciones de oficio tendientes a establecer su contravención. Entre otras, or

Cambio de medidor de agua o energía. Derechos y obligaciones del usuario

Cuando hay fallas en la lectura del medidor del agua o de energía, éste debe ser revisado por la empresa de servicios públicos, pero el usuario tiene derecho a que participe en la inspección o retiro provisional un técnico particular, so pena, de ser ilegal cualquier cobro que quiera hacer la empresa de servicios públicos. Cuando hay una mala lectura de la medición del consumo de agua, energía o gas domiciliario, se hace necesaria la respectiva investigación que determine las causas, bien porque se está cobrando en exceso o bien por qué se está cobrando muy por debajo del consumo histórico. Dicha investigación se debe iniciar bien por solicitud del usuario o de oficio por la Empresa de Servicios Públicos. Asistencia de un técnico particular cuando la Empresa de Servicios Públicos va realizar la revisión Si hay algo que desconoce la mayoría de usuarios de servicios públicos domiciliarios, por no decir “ todos ”, es el derecho a que un técnico particular acompañe a los funcionarios de la

AFÍLIESE A "FUNDECONSUMO" PARA RECLAMAR EFECTIVAMENTE

USTED REALIZA VARIAS TRANSACCIONES COMERCIALES CADA DÍA. ¿LE GUSTARÍA CONTAR CON ASESORÍA LEGAL DE RESPALDO EN TODOS SUS ACTOS DE CONSUMO?    Usted necesita asistencia legal permanente para  hacer efectiva la garantía de calidad en todas sus compras de bienes y servicios, reclamar si ha sido víctima de publicidad o información engañosa, o de reporte ilegal a las centrales de riesgo, oponerse al cobro abusivo en ventas a crédito y retractarse oportunamente de las compras realizadas por teléfono, internet o catálogo. Por otra parte, si recibe una citación judicial, un aviso de cobro o una notificación de embargo, o piensa tomar una decisión de negocios o firmar un contrato, usted necesita contar con un abogado de confianza. No es el momento de salir a buscarlo. En los actos jurídicos cotidianos como comprar bienes o contratar servicios, hacer valer sus derechos o poner en orden sus asuntos legales, tener a mano un Consultor Legal confiable le evita errores costosos o que

¿Consumidores con el sartén por el mango?

El Estatuto de Protección al Consumidor, recientemente sancionado, surge como una respuesta necesaria a las nuevas dinámicas de un mercado abierto y globalizado, respecto del cual la normativa diseñada y expedida en el año 1982 había quedado obsoleta. Las nuevas normas resultan sumamente positivas para los consumidores, quienes contarán con mecanismos efectivos para la defensa de sus derechos. Igualmente, la compilación de disposiciones legales que anteriormente se encontraban regadas en distintos cuerpos normativos o que obedecían al copioso desarrollo jurisprudencial en la materia, promueve la seguridad jurídica y el conocimiento por parte de los distintos agentes involucrados. Sin embargo, el nuevo Estatuto implica también mayores compromisos para productores y expendedores, quienes se verán sujetos a una reforma estructural en materia de responsabilidad y de sanciones. En efecto, el legislador dotó el nuevo Estatuto con verdaderos dientes para garantizar los derechos de los

SIC La Revista Digital de la Superindustria

Cuando usted se suscribe al Boletín para el Consumidor , también estará accediendo a un completo portafolio de información que incluye: Notificación de nuevas publicaciones Ediciones de SIC, La Revista Virtual Convocatorias a procesos de participación y discusión Eventos y mucho más... SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO http://www.sic.gov.co/en/543

Consumidores ahora tienen nuevo portal web de la SIC

Presentar quejas o reclamos, consultar resoluciones y normas, obtener información sobre la propiedad industrial, conocer los derechos y deberes y entender qué es la libre competencia son algunas de las actividades que podrán hacer en la nueva página. Como parte del interés que ha tenido la gestión del superintendente José Miguel de la Calle por fortalecer las estrategias que amparan al consumidor, esta nueva inversión de la SIC abrirá un canal más directo y actualizado para quienes sientan que sus derechos fueron vulnerados. “Este nuevo portal se convierte en una guía práctica y útil para satisfacer las necesidades y requerimientos de los usuarios. Se podrán radicar solicitudes, realizar consultas sobre el estado de los trámites, participar en foros y comentar noticias publicadas en los medios de comunicación relacionadas con la actividad de la entidad. Así mismo, las personas podrán enterarse de todos los acontecimientos relacionados con la SIC”, indicó el organismo. Además de los n

Consumocentrismo, otra vía para conocer al cliente

Cristina Quiñones / Gerente de Consumer Insights  Foto: Archivo Portafolio.co Los aspectos ocultos de pensar, sentir o actuar de los consumidores sirven como punto de partida para innovar. Detrás de los datos que arrojan las encuestas y las clásicas investigaciones de mercados que contratan las compañías, seguramente está un consumidor que no ha revelado sus motivaciones reales para comprar sus bienes y servicios. Por esta razón la experta peruana Cristina Quiñones, al argumentar que “no nacimos con marcas, nacimos desnudos”, invita a las empresas a conocer cada vez más profundamente al consumidor y conectarse con las razones reales que lo llevan al punto de venta. Este ejercicio en el que el cliente se convierte en el centro de las decisiones es lo que ella llama el consumocentrismo. La fundadora y directora gerente de Consumer Insights, que promueve el tema en América Latina, estuvo esta semana en Medellín invitada por el centro comercial Santafé Mi Mundo, para dictar la confer