Ir al contenido principal

"El consumidor ha aprendido a defenderse": Superintendente de Industria y Comercio


Reclamar por un mal servicio o pedir cambio de un producto porque presenta algún imperfecto es otra cosa hoy. Lo es por dos razones, una porque el consumidor ya no se queda callado y, dos, porque las entidades que protegen sus derechos están actuando y cumpliendo su papel, que es el de defenderlo.
Puede decirse que hoy los colombianos son más conscientes de tener unos derechos, es decir, saben que hay más cultura por hacer respetar sus derechos como consumidores o clientes. En otras palabras, ya no se quedan callados.
Pero asimismo, es claro que las autoridades de control y vigilancia como la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, ha mejorado sus resultados y ha impuesto más sanciones.
El año pasado, por ejemplo, impuso multas por $217.000 millones y en lo corrido de este año (hasta mayo) el monto de las sanciones superó los $125.000 millones.
Las cifras las entregó Pablo Felipe Robledo del Castillo, el vocero de la SIC, quien en diálogo con El País explicó que el Gobierno Nacional ha fortalecido el presupuesto y los empleos en ese despacho.
Dijo que el presupuesto de este año año es tres veces mayor al que se había aprobado en el año 2009.

Están sucediendo muchos cambios en el país en materia de protección al consumidor. ¿Acaso las leyes existían y no se cumplían?

Lo que en realidad está sucediendo es que el país está viviendo una nueva situación. Hoy existe una Superintendencia fortalecida presupuestal y laboralmente, además de una nueva legislación. Ahora la Superindustria tiene el triple del presupuesto que tenía en el 2009 y el doble de la fuerza laboral que tenía en el 2012. Es una entidad muy distinta y una legislación muy diferente. Todo se está alineando a favor de una política pública que defiende los derechos de los consumidores.

¿Pero además de esa política, usted ha observado si los colombianos somos más conscientes de nuestros derechos cuando compramos o adquirimos un servicio?

Sí, hoy los colombianos somos más conscientes de tener unos derechos. Ahora hay más cultura por respetar los derechos de los consumidores.
Somos consumidores responsables, que reclaman, denuncian y demandan cuando se ven atropellados.
Y de otra parte, los buenos y conocidos resultados de las autoridades, tienen empoderados a los ciudadanos. Estamos construyendo una cultura de la legalidad y el respeto por la gente, que es al final lo que verdaderamente importa.

¿Eso quiere decir que el Gobierno Nacional entendió que debe ejercer un mejor papel con los consumidores?

Hoy, investigar la publicidad con el fin de evitar engaños es una prioridad de las instituciones que protegen a los consumidores, aquí y en todas partes del mundo.
Ese es el tema que hoy resulta relevante. Las empresas están aprendiendo que vender mediante engaño es inadmisible y están poniendo cuidado para que ello no ocurra o están instrumentando operativamente para que la publicidad de sus productos sea compatible con la realidad de los negocios.
Como autoridad seremos implacables con quien engaña al consumidor y por una razón, las relaciones de consumo se basan en la confianza y hay que protegerla como un activo muy importante, que no se deteriore la confianza entre empresarios y consumidores.

¿Se anuncian muchas sanciones, pero en realidad las empresas sí pagan?

Las sanciones que impone la Superindustria tienen un alto grado de recaudo. Obviamente no siempre nos pagan las sanciones.
Las grandes y medianas empresas son muy juiciosas en pagar las multas, tenemos algún grado de dificultad cuando sancionamos a empresas pequeñas, que tienen menos interés y más dificultad en pagarnos.
El que no paga queda sometido a un proceso de cobro coactivo, un proceso ejecutivo.

¿Qué se hace con esa plata?

Los recursos quedan a disposición del Ministerio de Hacienda, no hacen parte de nuestro presupuesto, no se convierte en plata de bolsillo.

¿A cuánto ascienden las sanciones a la fecha y cuáles son los motivos más comunes?

La Superindustria impuso el año pasado (2013) sanciones por $217.000 millones y este año (2014) las sanciones impuestas ya superaron los $125.000 millones.
Las multas obedecen a varias razones, por ejemplo, infracciones a la libre competencia, violaciones a los derechos de los consumidores, al habeas data, a los asuntos relacionados con control de precios en medicamentos, pesos y medidas, infracción al régimen de atención de usuarios en telecomunicaciones, entre otros.

En menos de un mes se acabarán las cláusulas de permanencia. ¿el mercado y, sobre todo la industria celular, está lista para asumir estas medidas?

Nosotros apoyamos esa medida, creemos que eso generará más competencia en el mercado de venta de dispositivos móviles (teléfonos). Pero habrá que ver qué ocurre.
En teoría, la medida debería generar competencia y menores precios para los colombianos.

¿En la práctica, bajará el precio de los equipos?

Le reitero que en teoría deben bajar los precios de los teléfonos. Esa es la consecuencia esperada de mayor competencia. Ahora bien, sino bajan, habrá que entrar a estudiar si ello se debe a alguna conducta ilegal de algún agente como por ejemplo el abuso de posición de dominio, alguna práctica restrictiva o un acuerdo anticompetitivo vertical u horizontal. Si es la causa, la investigaríamos y sancionaríamos, como siempre lo hacemos.

La polémica más reciente es la de la Tv por suscripción. ¿Por qué la SIC otorgó medidas cautelares a los canales Caracol TV y RCN TV y la Autoridad de Television ordenó testablecer la señal?

Lo he dicho muchas veces. La Superindustria actuó como autoridad judicial. Es decir, recibimos una demanda judicial instaurada por Caracol TV y RCN TV contra varios operadores de televisión por suscripción por presuntos actos de competencia desleal.
Decretamos las medidas cautelares por dos razones; la primera, porque era nuestra obligación pronunciarnos en un término de ley y la segunda, porque encontramos que las empresas radiodifusoras (Caracol TV y RCN TV) tienen unos derechos conexos de propiedad intelectual previsto en leyes nacionales, comunitarias andinas e internacionales, que obligan a que la retransmisión debe ser autorizada.

¿Se revertirá la medida?

No lo sé. Eso depende del juez de la Superindustria que conoce el caso o de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá que puede conocer en segunda instancia de la medida cautelar en caso de que sea apelada.

La televisión abierta es un derecho de los colombianos. ¿Cómo se garantizará ese derecho?

Teniendo la televisión abierta al servicio de los colombianos, como hoy ocurre. Y en el caso de los operadores de televisión por suscripción, garantizando el acceso de los colombianos a la televisión abierta, para lo cual o tienen autorización de los radiodifusores o tienen los mecanismos tecnológicos que le permitan a sus usuarios salirse del cable y acceder a la televisión abierta.


Fuente: www.elpais.com.co

Comentarios

Entradas populares de este blog

El Consumidor: Derechos y Deberes

El ámbito de protección de los derechos de los consumidores está delimitado por un conjunto de normas que tienen como objetivos: Proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores. Amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos. Armonizar los intereses de los diferentes actores que participan en la relación de consumo. Controlar y reprimir prácticas discriminatorias y abusivas. La protección de los derechos de los consumidores se fundamenta en el reconocimiento de la vulnerabilidad del consumidor como parte débil de la relación de consumo, frente a la posición de dominio del productor  y/o proveedor. 1. Definición del Consumidor Atendiendo las reglas contenidas en el ordenamiento jurídico colombiano,  que regulan los derechos y obligaciones surgidas entre productores, proveedores y consumidores, se debe identificar el  alcance del concepto de consumidor frente a las definiciones contenidas en los

SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA - FORMULARIO DE RECLAMACIÓN

   FUNDECONSUMO  Defensoría del Consumidor es una entidad sin ánimo de lucro (FUNDACIÓN) activa desde  1999 , adscrita a la Confederación Colombiana de Consumidores y a Ausbanc Internacional (con sede en España), enfocada en la defensa legal del patrimonio familiar, porque la familia es la Unidad Básica de Consumo (UBC). Somos una Organización No Gubernamental (ONG) prestadora del Servicio de Orientación Jurídica y la atención de reclamaciones de consumo, que cuenta con un equipo de profesionales del derecho de amplia experiencia. Su director ejecutivo es el letrado  FERNANDO H. FLÓREZ RICARDO.    PORTAFOLIO DE SERVICIOS  Consultoría en Derecho del Consumo, Derecho Civil y de Familia: Reclamaciones de Consumo. Denuncias ante la SUPERINDUSTRIA . Acciones de Protección al Consumidor por Incumplimiento de Garantías, Publicidad Engañosa, Cobro Arbitrario y Cláusulas Abusivas en Contratos. Derechos de Petición. Acciones de Tutela. Protección de Datos Personales (Ley de Habeas D

DEFENSORÍA DEL TELEVIDENTE

José Vicente Arizmendi Correa Defensor del Televidente en Telepacífico La Defensoría del Televidente es una figura adaptada del Defensor del Lector u “Ombudsman”, que apareció en los periódicos de Estados Unidos en 1967, inspirado a su vez en el funcionario que, en Suecia, representaba al público ante las distintas instituciones del Gobierno y el Parlamento, desde 1809. En Colombia, el primer medio de comunicación que creó esta figura fue El Tiempo, de Bogotá, en el año 2000. En la televisión colombiana existe el defensor del televidente desde 1996. La misma norma que autorizó la televisión privada, le dio vida: “Los operadores privados del servicio de televisión deberán reservar el 5% del total de su programación para presentación de programas de interés público y social. Uno de estos espacios se destinará a la Defensoría del Televidente. El Defensor del Televidente será designado por cada operador privado del servicio de televisión.” (Ley 335 de 1996, art. 11).   Pasaron más de