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El Consumidor: Derechos y Deberes

El ámbito de protección de los derechos de los consumidores está delimitado por un conjunto de normas que tienen como objetivos: Proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores. Amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos. Armonizar los intereses de los diferentes actores que participan en la relación de consumo. Controlar y reprimir prácticas discriminatorias y abusivas. La protección de los derechos de los consumidores se fundamenta en el reconocimiento de la vulnerabilidad del consumidor como parte débil de la relación de consumo, frente a la posición de dominio del productor  y/o proveedor. 1. Definición del Consumidor Atendiendo las reglas contenidas en el ordenamiento jurídico colombiano,  que regulan los derechos y obligaciones surgidas entre productores, proveedores y consumidores, se debe identificar el  alcance del concepto de consumidor frente a las definiciones cont...

La Ley Estatutaria de Salud acaba con la lista de servicios del POS

La Ley 1751 de 2015 mejor conocida como Ley Estatutaria en Salud, trae diferentes beneficios para los usuarios, uno de ello es que la salud para los colombianos de ahora en adelante es un derecho fundamental, es decir, a nadie se le puede negar el acceso al servicio de salud y tienen derecho a  un servicio oportuno, eficaz y de calidad. Obligatoriedad del Estado La Ley 1751 de 2015 obliga al Estado a garantizar y proteger el debido cumplimiento del derecho a la salud de los colombianos, mediante la adopción de decisiones que no conlleven al deterioro de la salud de la población y de acciones que resulten un daño en la salud de los pacientes. Sostenibilidad Fiscal La sostenibilidad fiscal del sistema es uno de los puntos clave dentro de la Ley 1751 de 2015 pues, desde ahora esta no puede ser una causal de impedimento para prestar eficiente y oportunamente el servicio de salud. Por eso, el Ministerio de Salud y Protección Social divulgará anualmente las evaluaciones s...

Para tener en cuenta al comprar sobre planos

A los compradores los protege la Superintendencia de Industria y Comercio. Conozca cómo. C on el inicio de un nuevo año el interés de invertir en finca raíz incrementa las expectativas de las personas. Por esta razón Adriana Serrano, vicepresidente comercial de Fénix Construcciones, comparte una serie de recomendaciones a la hora de comprar vivienda sobre planos.  Para Serrano  “comprar sobre planos claramente es un acto de fe, pues realmente se compra un bien que no existe en el presente y que requerirá no menos de 30 meses para materializarse y poder existir”.  Recuerda que los compradores deben saber que existe desde el 8 de febrero de 2012 la circular 006 de la Superintendencia de Industria y Comercio que busca proteger a los compradores de bienes inmobiliarios, la cual obliga a los constructores a presentar con toda claridad y por escrito los detalles de su oferta comercial para que los compradores puedan tener claridad y garantía de su compra. ...

Abogados para la Protección del Arrendador

Somos la opción económica de respaldo profesional inmobiliario para rentar su propiedad, sin delegar la administración. Por solo el 3% de la renta anual. El   Plan Alquiler Protegido   le p roporciona una completa asistencia legal a cualquier propietario de inmueble que decide alquilar, incluyendo: - Estudio de formularios de  solicitud de arrendamiento.   - Redacción del contrato de arrendamiento personalizado.   - Resolución de todas las consultas legales que puedan surgir durante la vigencia del contrato   y, en caso de incumplimiento por parte del inquilino , se incluirían también los honorarios de abogado en las gestiones judiciales y/o extrajudiciales necesarias para solucionar el problema al propietario.   Todo por    solo el 3% de la renta anual . Oferta válida para contratos de arrendamiento nuevos o ya en curso. Aplican condiciones y restricciones: Tarifa mínima de $150.000 anuales. No cubre incumplimiento co...

La hora del consumidor

Los consumidores han adquirido una gran relevancia en Colombia. En la defensa de sus derechos, este año se han impuesto sanciones y multas millonarias. Pero todavía falta mucho por hacer. Nunca antes como ahora, las superintendencias habían recibido tantos reclamos de usuarios insatisfechos con un servicio o producto adquirido en el mercado. Más de 70.000 llegaron este año a la de Industria y Comercio (SIC) y más de 50.000 a la de Servicios Públicos. Por su parte, la Superintendencia Financiera —y los defensores del consumidor de cada banco— tenían en trámite 384.299 quejas, mientras que la Supersalud había recibido 580.000. Tampoco se habían visto tantas investigaciones a presuntos carteles empresariales que manipulan los precios en detrimento de los consumidores, y sanciones a compañías por usar publicidad engañosa y aprovecharse de los usuarios. La SIC tiene abiertos 1.413 procesos que involucran a grandes, medianos y pequeños fabricantes y comerciantes. De igual forma, 20...

"El consumidor ha aprendido a defenderse": Superintendente de Industria y Comercio

Reclamar por un mal servicio o pedir cambio de un producto porque presenta algún imperfecto es otra cosa hoy. Lo es por dos razones, una porque el consumidor ya no se queda callado y, dos, porque las entidades que protegen sus derechos están actuando y cumpliendo su papel, que es el de defenderlo. Puede decirse que hoy los colombianos son más conscientes de tener unos derechos, es decir, saben que hay más cultura por hacer respetar sus derechos como consumidores o clientes. En otras palabras, ya no se quedan callados. Pero asimismo, es claro que las autoridades de control y vigilancia como la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, ha mejorado sus resultados y ha impuesto más sanciones. El año pasado, por ejemplo, impuso multas por $217.000 millones y en lo corrido de este año (hasta mayo) el monto de las sanciones superó los $125.000 millones. Las cifras las entregó Pablo Felipe Robledo del Castillo, el vocero de la SIC, quien en diálogo con El País explicó que el ...

Reglamentan publicidad dirigida a menores de edad

Mediante el Decreto 975 del pasado 28 de mayo, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamentó la información y la publicidad dirigida a menores de edad. La norma prohíbe usar imágenes, textos, expresiones visuales o auditivas o representaciones que no correspondan a la realidad del producto, e impide exagerar el verdadero tamaño, la naturaleza, la durabilidad y los usos del bien ofrecido. En ese sentido, la información dirigida a los menores deberá ser clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea. Además, ninguna forma y contenido de comunicación que tenga como objetivo influir en las decisiones de consumo de los niños podrá inducir a error, engaño o confusión. Según el decreto, no se autorizarán contenidos que le sugieran al niño y/o adolescente que, al no adquirir cierto producto, se genera rechazo social. Así mismo, siempre que se informe o anuncie un bien o servicio para cuya adquisición se deban rea...

Si expectativas de bien ofrecido no son ciertas o comprobables, mensaje publicitario es engañoso

La información que se le brinda al consumidor sobre los componentes y las propiedades de los bienes y servicios ofrecidos debe coincidir con la realidad. Por lo tanto, si las promesas o expectativas no son ciertas y comprobables, el mensaje publicitario se considera literalmente falso y, por regla general, engañoso. Así lo advirtió la Superintendencia de Industria y Comercio, al referirse a los casos en que se le ofrece al consumidor la devolución del dinero, si el producto no satisface sus necesidades. Las normas sobre publicidad engañosa buscan que los consumidores a los que se dirigen los anuncios tengan una posición razonable frente a los mismos, dándole a la información transmitida una interpretación natural y obvia, sin necesidad de que sea profunda, científica o técnica, que les permita separar los elementos puramente creativos de los que son comprobables. Para saber si una pieza publicitaria es engañosa, es necesario establecer si los elementos objet...